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Guía para talleres

Factura simplificada: el límite de 400 € y cuándo necesitas el NIF y el domicilio del cliente

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En un taller, la factura simplificada vale para importes de hasta 400 € con el IVA incluido: el límite de 3.000 € es para una lista cerrada de actividades, y la reparación de vehículos no está en ella. Por encima de 400 € emites una factura completa, con el NIF del cliente y su domicilio, que según la Agencia Tributaria puedes no poner si es un particular; y si te pide una simplificada con sus datos, lleva su NIF y su domicilio. Si el cliente te pide más tarde la factura con sus datos, la emites en canje de la simplificada, que no es una factura rectificativa.

¿Hasta qué importe vale una factura simplificada en un taller?

El artículo 4.1.a del Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012) permite expedir una factura simplificada en lugar de una completa cuando su importe no pasa de 400 €, IVA incluido. Un trabajo de 400,00 € justos cabe; uno de 400,01 €, no. El mismo artículo la permite también cuando lo que debes expedir es una factura rectificativa (artículo 4.1.b).

El artículo 4.2 sube el límite a 3.000 €, pero solo para las operaciones de su lista: ventas al por menor, ventas o servicios en ambulancia, ventas o servicios a domicilio del consumidor, transporte de personas, hostelería y restauración, salas de baile y discotecas, cabinas telefónicas, peluquería y belleza, instalaciones deportivas, revelado de fotografías, aparcamiento de vehículos, alquiler de películas, tintorería y lavandería, y autopistas de peaje. La reparación de vehículos no está en la lista.

Fuera de esa lista, el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria puede autorizar facturas simplificadas en otros casos (artículo 4.3). Si no te lo ha autorizado, en el taller tu límite es 400 €.

Si reparas en casa del cliente. La lista incluye las «ventas o servicios a domicilio del consumidor» (artículo 4.2.c). La norma no dice si una reparación de vehículos hecha en el domicilio de un particular entra ahí: antes de emitir simplificadas de más de 400 € por esos trabajos, pregúntaselo a tu gestor.

¿Qué datos lleva una factura simplificada?

El artículo 7.1 pide estos datos, más algunas menciones en casos especiales, y ninguno es del cliente:

  • número y, en su caso, serie, con numeración correlativa dentro de cada serie;
  • la fecha de expedición y, si es distinta, la fecha en que hiciste el trabajo;
  • tu NIF y tu nombre o razón social;
  • qué servicio prestaste o qué bienes entregaste;
  • el tipo de IVA aplicado y, si quieres, la expresión «IVA incluido»;
  • el importe total.

Si en un mismo año emites facturas simplificadas y facturas completas, tienen que ir en series separadas (artículo 7.1.a).

¿Qué tiene que llevar una factura completa?

La factura completa, u ordinaria, lleva los datos del artículo 6.1:

  • número y, en su caso, serie;
  • la fecha de expedición;
  • el nombre y apellidos o la razón social, tuyos y del cliente;
  • tu NIF y el del cliente: en una reparación hecha en el territorio de aplicación del IVA por un taller establecido en él, el del cliente es obligatorio (artículo 6.1.d.3.º);
  • tu domicilio y el del cliente (artículo 6.1.e, con el matiz de la sección siguiente);
  • la descripción de los trabajos, con todo lo necesario para calcular la base imponible: el precio unitario sin IVA y cualquier descuento que no esté ya en ese precio;
  • el tipo de IVA y la cuota, que va por separado;
  • la fecha del trabajo, si es distinta de la de expedición;
  • las menciones de los casos especiales, como una operación exenta o la inversión del sujeto pasivo.

Para que tu cliente pueda deducirse el IVA, la factura tiene que llevar todos esos datos (artículo 6.4).

¿Cuándo necesitas el domicilio del cliente?

El artículo 6.1.e del Reglamento pide el domicilio del cliente en la factura completa, sin excepciones. El Manual práctico de IVA de la Agencia Tributaria, al resumir ese contenido, añade una: «Cuando el destinatario de las operaciones sea una persona física que no actúe como empresario o profesional, no será obligatoria la consignación de su domicilio».

  • Empresa, autónomo o profesional: pon su NIF y su domicilio.
  • Particular: pon su NIF; el domicilio, según el criterio de la Agencia Tributaria, puedes no ponerlo.

El NIF no te dice si es un particular: un autónomo factura con su DNI. Pregúntale al cliente si la reparación es para su actividad. Y si tienes su domicilio, ponerlo nunca es un error. Si tu caso no está claro, consúltalo con tu gestor.

¿Qué es la factura simplificada con datos del cliente?

Es una simplificada de hasta 400 € que, además de los datos de siempre, lleva el NIF y el domicilio del cliente y la cuota de IVA por separado. Se la debes en dos casos:

  • el cliente es un empresario o profesional y te la pide (artículo 7.2);
  • el cliente no es empresario ni profesional, pero te la pide para ejercer un derecho de naturaleza tributaria (artículo 7.3).

Aquí el domicilio no es opcional para el particular: el artículo 7.3 pide los mismos datos que el 7.2, el NIF y también el domicilio.

¿Y si el cliente pide la factura con sus datos después?

Le emites una factura nueva en canje de la simplificada. El artículo 15.6 dice que las facturas que se expiden «en sustitución o canje de facturas simplificadas expedidas con anterioridad» no son rectificativas, siempre que la simplificada llevara los datos del artículo 7.1. Si la simplificada estaba bien hecha, no la rectificas.

Y no es opcional. La Dirección General de Tributos lo dice en la consulta vinculante V0686-26: «una vez que se ha reclamado el canje de una factura simplificada por una factura completa, el empresario o profesional debe proceder a la expedición de la correspondiente factura completa».

  1. Pide al cliente los datos que necesita la factura completa: su nombre, su NIF y, si no es un particular, su domicilio.
  2. Emite la factura completa en tu serie de facturas completas, no en la de simplificadas (artículo 7.1.a), con la fecha del trabajo como fecha de operación.
  3. Avisa a tu gestor de que es un canje: es la misma operación que la simplificada, no un ingreso nuevo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo hacer una factura simplificada de 600 € por una reparación?
No. En un taller el límite de la factura simplificada es de 400 € con el IVA incluido (artículo 4.1.a del Real Decreto 1619/2012). Los 3.000 € del artículo 4.2 son solo para las actividades de su lista, y la reparación de vehículos no está. Un trabajo de 600 € necesita una factura completa, salvo que la Agencia Tributaria te haya autorizado otra cosa (artículo 4.3).
¿Tengo que poner el domicilio de un particular en una factura completa?
El Reglamento pide el domicilio del destinatario sin excepciones (artículo 6.1.e), pero el Manual práctico de IVA de la Agencia Tributaria dice que no es obligatorio cuando el destinatario es una persona física que no actúa como empresario o profesional. Si un autónomo o una empresa es el cliente, pon siempre su domicilio. Si tienes el de un particular, ponerlo no es un error.
¿Qué datos lleva una factura simplificada con datos del cliente?
Además de lo de cualquier simplificada, el NIF y el domicilio del cliente y la cuota de IVA por separado (artículo 7.2). Se la debes si te la pide un empresario o profesional, o un particular que la necesite para ejercer un derecho fiscal (artículo 7.3).
¿Qué hago si un cliente me pide la factura con sus datos días después de pagar?
Emites una factura completa en canje de la simplificada. No es una factura rectificativa (artículo 15.6), y una vez que el cliente la pide tienes que emitirla, según la consulta vinculante V0686-26 de la Dirección General de Tributos.
¿Un mecánico que repara en casa del cliente tiene el límite de 3.000 €?
La lista del artículo 4.2 incluye las «ventas o servicios a domicilio del consumidor» (letra c), pero no habla de reparaciones de vehículos. Si trabajas en el domicilio de clientes particulares, pregunta a tu gestor si ese apartado te alcanza antes de pasar de 400 €.

Fuentes

En El Bujías, el programa de facturación para talleres emite como simplificada la factura de un cliente sin NIF hasta 400 € y, por encima, la deja en borrador hasta que tengas su NIF y, salvo que sea un particular, su domicilio; también emite la simplificada con datos del cliente y la factura completa en canje de una simplificada.