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Guía para talleres

Recordatorios de ITV: plazos por tipo de vehículo y cómo avisar al cliente

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Un turismo no pasa la ITV hasta los cuatro años desde su primera matriculación, después cada dos años y, con más de diez, cada año; furgonetas, motos, camiones y autobuses tienen su propia tabla en el artículo 6 del Real Decreto 920/2017. Un aviso por correo electrónico u otro medio electrónico que invita al cliente a traer el coche al taller es una comunicación comercial: necesitas que lo haya pedido o autorizado, salvo que ya sea tu cliente y le escribas sobre servicios parecidos a los que te contrató, y cada mensaje le tiene que dar una forma sencilla y gratuita de oponerse a recibir más (artículo 21 de la Ley 34/2002).

¿Cada cuánto pasa la ITV cada tipo de vehículo?

El artículo 6.1 del Real Decreto 920/2017 fija la frecuencia por categoría y antigüedad. La antigüedad se cuenta desde la fecha de primera matriculación o puesta en servicio que consta en el Registro de Vehículos, la que suele venir en el permiso de circulación.

Frecuencia de la ITV periódica según la antigüedad del vehículo
VehículoCuándo pasa la ITV
Turismos (M1)Exentos hasta los 4 años; cada 2 años después; cada año con más de 10.
Furgonetas y camiones de hasta 3,5 t (N1)Exentos hasta los 2 años; cada 2 años de los 2 a los 6; cada año de los 6 a los 10; cada 6 meses con más de 10.
Motos, triciclos, cuadriciclos y quads (L, salvo ciclomotores)Exentos hasta los 4 años; cada 2 años después.
Ciclomotores (L1e)Exentos hasta los 3 años; cada 2 años después.
Camiones de más de 3,5 t (N2, N3) y remolques O3, O4 y O2 que no son caravanasCada año hasta los 10 años; cada 6 meses después.
Autobuses y autocares (M2, M3)Cada año hasta los 5 años; cada 6 meses después.
Caravanas remolcadas (O2)Exentas hasta los 6 años; cada 2 años después.
Taxis, ambulancias y transporte escolar y de menores (M1)Cada año hasta los 5 años; cada 6 meses después.
Vehículos de autoescuela (M1 y L)Exentos hasta los 2 años; cada año de los 2 a los 5; cada 6 meses con más de 5.
Tractores agrícolas de más de 40 km/hExentos hasta los 4 años; cada 2 años de los 4 a los 16; cada año con más de 16.

Un vehículo mixto sigue la tabla de la categoría N en la que se pueda catalogar (artículo 6.3), y un quad la del resto de la categoría L (artículo 6.4). La tabla del artículo 6.1 trae también los demás tractores y la maquinaria agrícola, los vehículos especiales de obras y servicios y las estaciones transformadoras móviles.

Vehículos históricos. Tienen su propia frecuencia (artículo 6.2): las motos, cada cuatro años; el resto, la de su categoría hasta los 30 años, cada dos años de los 30 a los 40, cada tres de los 40 a los 45 y cada cuatro desde los 45. Los de más de 60 años y los ciclomotores históricos están exentos, aunque pueden pasarla de forma voluntaria.

¿Cuándo caduca la ITV que acaba de pasar?

La validez se cuenta sumando la frecuencia a la fecha de la inspección favorable. Pero si el vehículo la pasa dentro de los 30 días naturales anteriores a que caduque la anterior, se suma a la fecha en que caducaba, así que el cliente no pierde días (artículo 6.5).

Por eso un buen momento para avisar es algo más de un mes antes de que caduque: le da tiempo a pedir cita en la estación ITV sin perder días de validez.

¿Es publicidad un recordatorio de ITV?

La Ley 34/2002 llama comunicación comercial a «toda forma de comunicación dirigida a la promoción, directa o indirecta, de la imagen o de los bienes o servicios» de una empresa (anexo, letra f). Un aviso que invita al cliente a traer el coche a tu taller antes de la ITV promociona tu servicio, así que trátalo como tal. Si tu caso no está claro, consúltalo con tu asesor.

Cuando lo envías por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente, se aplica el artículo 21 de la ley. La ley no dice qué medios son equivalentes: si avisas por SMS o por WhatsApp, pregunta a tu asesor si te alcanza.

¿A quién puedes enviárselo?

  • A quien lo haya pedido o autorizado antes. Sin eso, el envío está prohibido (artículo 21.1).
  • A tus clientes, con condiciones. No necesitas esa autorización si ya hubo una relación contractual, obtuviste sus datos de contacto de forma lícita y le escribes sobre productos o servicios de tu taller parecidos a los que te contrató (artículo 21.2).

En los dos casos, el cliente tiene que poder oponerse de forma sencilla y gratuita: cuando recoges sus datos y en cada comunicación que le envías (artículo 21.2). Si se da de baja, no le vuelvas a escribir con fines promocionales.

¿Qué puede decir el aviso?

  • Quién lo envía: el nombre de tu taller, sin ocultarlo ni disimularlo (artículo 20.1 y 20.4).
  • Que es un aviso de tu taller, de forma que se reconozca como comunicación comercial (artículo 20.1).
  • El vehículo y la fecha: la matrícula o el modelo y el día en que le caduca la ITV, como en «Hola, Ana: la ITV del 0000-XXX caduca el 15 de marzo. Si quieres revisarlo antes, en el Taller Ejemplo te damos cita.».
  • Cómo darse de baja: en un email, una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida donde ejercer ese derecho. Un email que no la lleve no se puede enviar (artículo 21.2).

Preguntas frecuentes

¿Cada cuánto pasa la ITV un coche de más de diez años?
Cada año. Un turismo está exento hasta los cuatro años desde su primera matriculación, pasa la ITV cada dos años después y cada año a partir de los diez (artículo 6.1 del Real Decreto 920/2017).
¿Una furgoneta pasa la ITV igual que un turismo?
No. Una furgoneta de hasta 3,5 toneladas (categoría N1) está exenta hasta los dos años, la pasa cada dos años hasta los seis, cada año hasta los diez y cada seis meses a partir de ahí (artículo 6.1 del Real Decreto 920/2017).
¿Pierde días el cliente si pasa la ITV antes de que caduque?
No, si la pasa dentro de los 30 días naturales anteriores a que caduque: la nueva validez se cuenta desde la fecha en que caducaba la anterior. Si la pasa antes, se cuenta desde el día de la inspección favorable (artículo 6.5 del Real Decreto 920/2017).
¿Necesito permiso del cliente para mandarle un recordatorio de ITV por email?
Si el email anuncia tu servicio, es una comunicación comercial y necesitas que el cliente lo haya pedido o autorizado antes. No te hace falta si ya es tu cliente, obtuviste su email de forma lícita y le escribes sobre servicios de tu taller parecidos a los que te contrató, pero entonces tienes que ofrecerle darse de baja al recoger sus datos y en cada mensaje (artículo 21 de la Ley 34/2002).
¿Qué tiene que llevar cada email de recordatorio?
Que se vea que es una comunicación comercial y quién la envía, sin ocultar tu identidad (artículo 20 de la Ley 34/2002), y una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida donde el cliente pueda darse de baja: un email sin ella no se puede enviar (artículo 21.2).

Fuentes

En El Bujías, los recordatorios de ITV para tu taller te dejan escrito el WhatsApp de cada cliente para que lo envíes tú, y el email de la ITV, con su enlace para darse de baja, puede salir sin tu confirmación si lo activas en Ajustes.